Navegando con tu mascota

La Ley 154 del 4 de agosto del 2008, “Ley para el Bienestar y la Protección de los Animales” en el Cap. I, Art. 2, Inciso (n) define maltrato como; todo acto u omisión en el que incurre una persona, sea guardián o no, que ocasione o ponga a un animal en riesgo de sufrir daño a su salud e integridad física y/o emocional.

Durante la época de verano aumenta el volumen de personas que visitan nuestras costas, acompañados de sus mascotas. Es importante que tomen las medidas de seguridad correctas.

Para cumplir con lo establecido por ley y garantizar la seguridad de nuestras mascotas, es importante tener disponibles sus salvavidas, alimentación adecuada e hidratación y un lugar de descanso seguro.

A continuación algunas recomendaciones:

  • Acostumbre a la mascota al agua y embarcación antes de navegar.
  • Para mascotas grandes, coloque una rampa para abordar la embarcación.
  • Ubique un área de hidratación, principalmente en días con temperaturas altas.
  • Identificar un área de descanso libre de la exposición al sol.
  • Utilice protección solar de mascotas. Éstas son susceptibles a desarrollar enfermedades en la piel e incluso cáncer.
  • Realice paradas para que las mascotas puedan hacer sus necesidades.
  • Mantenga vigilancia constante a la mascota. Lo ideal es que tenga un acompañante que esté pendiente a su cuidado, además del capitán de la embarcación
  • Si va a realizar prácticas de pesca, asegure la “carnada” para evitar que su mascota la consuma accidentalmente.
  • Tenga un plan de manejo de emergencias para proteger la mascota.
  • En caso de que la mascota caiga al agua, regrese al área donde cayó, apague los motores y llame en alta voz a la mascota para que se acerque a la embarcación
  • Una vez realice el rescate, asista a la mascota conforme a su necesidad